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jueves, 24 de febrero de 2011

Breve introducción sobre la LSSICE (Ley de Servicio y Comercio Electrónico)

La ley 34/2002, a saber, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico es la consecuencia de la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2000/31/CE.

¿Qué engloba el concepto" Servicios de la Sociedad de la Información"? desde la contratación de bienes y servicios por vía electrónica hasta la transmisión de datos por redes de telecomunicaciones.

En la actualidad estamos viviendo una expansión de las redes de telecomunicaciones. Más allá de saber que nos depara el futuro, está claro que internet es hoy por hoy un vehículo fundamental de intercambio de información. La Ley 34/2002, por tanto, pretende regular ciertas incertidumbres jurídicas que han ocasionado las nuevas tecnologías.
Más información sobre la LSSICE en la newsletter del dia 7 del mes de marzo.


Un saludo cordial de ATGrup!

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jueves, 17 de febrero de 2011

P.I.P.D. 3.0 (Plan Integral de Protección de Datos Personales 3.0)


Les recordamos que el Plan Integral de Protección de Datos Personales 3.0, estará a su disposición cuando lo solicíten, no olviden que el plan está creado específicamente para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal que están en su empresa. Para cualquier consulta sobre el P.I.P.D. 3.0, consulte las anteriores newsletters o contacte a AT Grup con el e-mail que aparece más abajo, y le contestaremos encantados a cualquier duda que tenga.




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jueves, 10 de febrero de 2011

Los derechos ARCO sobre la presencia en una red social

El uso de Internet ya no es una cuestión anónima. La identificación, hoy por hoy, es algo imprescindible y convierte Internet en un espacio donde el proveedor de un determinado servicio puede saberlo todo acerca de nosotros, los usuarios. La configuración ‘por defecto’, le favorece.

¿Y qué ocurre con el usuario ‘normal’?, ¿no recopila también esta información personal de los contactos que establece? Pues bien, nos hallamos en este caso ante una excepción doméstica no sujeta a la Ley de Protección de datos, motivo por el cual no va a ser objeto de análisis del presente artículo.

¿Qué deberá usted considerar si su empresa decide tener presencia en una red social?

Para averiguarlo observe el documento, haciendo click aquí.



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jueves, 3 de febrero de 2011

Recuerde el P.I.P.D. 3.0 (Plan Integral de Protección de Datos 3.0) para la protección segura de los datos de su empresa.

Sample copy. No se olvide del nuevo sistema de protección de datos personales para las empresas desarrollado por ATGrup para la correcta y eficiente protección de los datos, contando con avanzados sistemas tecnológicos y las herramientas adecuadas para llevar a cabo el mantenimientos y supervisión de los mismos.

Cabe destacar que la formación especializada es la primera barrera para evitar problemas e inspecciones en materia de protección de datos personales, y por desgracia aún no todas las empresas le dan la importancia que debería a este tipo de formación.

Para evitar dichos riesgos a los cliente de ATGrup, y hacerle lo más fácil posible dicha formación especializada, pone a disposición de las empresas e instituciones, los cursos Básico, Medio y Avanzado en materia LOPD como parte fundamental del Plan Integral de Protección de Datos, 3.0., y por supuesto, dicha actividad se encuentra incluida en los planes de mantenimiento del PIPD.

El PIPD diseñado por AT Grup incorpora las actualizaciones vinculadas a los requerimientos que realiza la Agencia Española de Protección de datos y que se pueden identificar en el Informe presentado por la mencionada entidad en la comparecencia ante la Comisión Constitucional del Congreso que efectuó el Director de la mencionada institución el pasado mes de diciembre .

AT Grup, la empresa experta en protección de datos y derecho de nuevas tecnologías incluye en su PIPD (Plan Integral de Protección de Datos) medidas de control, programas y procedimientos que permiten reforzar el sistema de control interno de la compañía, así como documentar suficientemente las mencionadas medidas lo que permite ser aportado como pruebas ante tribunales, lo que según la norma, contribuye a atenuar o eximir de responsabilidades a la empresa..
Además, AT Grup acompaña a la organización que cuenta con sus servicios en todo el proceso atendiendo a cuantos escritos, requerimientos, testimonios y demás actuaciones judiciales le puedan ser requeridas e interviene en las comparecencias, recursos y actuaciones judiciales que puedan sean necesarios.
Así pues, el PIPD diseñado por AT Grup, cumple una doble finalidad. Permite adecuar la organización a la normativa en materia de protección de datos e introduce los elementos necesarios para atender a las responsabilidades penales que se le puedan requerir a la empresa.


El nuevo PIPD incluye las siguientes actualizaciones y mejoras:
Herramientas de gestión de tareas pendientes, tareas iniciadas y tareas en evolución.
Plantillas, nuevos modelos de documentos: registros de contratos, registros de usuarios y funciones y obligaciones de personal.
Incorporación del anexo vinculado a los circuitos cerrados de televisión CCTV, registro de actualizaciones de uso imagen (incluido el uso en redes sociales).
Recomendaciones INTECO 2010.
Recomendaciones AEPD sobre documento de seguridad 2010.
Armonización con la reforma del codigo penal (Art.197,270, etc) RESPONSABILIDAD PENAL CORPORATIVA.
Aplicación de medidas de seguridad y protección a documentos clave (códigos QR, esteganografía, algoritmo generador de HASH, etc).
Unificación de formatos según criterios manual de imagen corporativa AT Grup 2011.
Herramienta de formación online avanzada multimedia MOODLE enriquecido.
Servicio de alertas LOPD 24 x 7.
Dichas novedades y las siguientes se irán incorporando a los clientes de AT GRUP , que estén en la modalidad de cuota, de forma progresiva durante el primer trimestre del 2011.

Un saludo cordial de ATGrup!
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